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Entró en vigencia la ley que sanciona con arresto a quienes agreden a los docentes

Entró en vigencia la ley que sanciona con arresto a quienes agreden a los docentes

Las recurrentes agresiones que sufre el personal docente de la provincia de Buenos Aires tuvo su correlato en la Legislatura bonaerense y ahora, con la entrada en vigencia de la ley, toda persona que ejerza un acto de violencia contra los trabajadores de la educación podrá ser arrestada o multada.

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En efecto, de acuerdo a lo publicado este miércoles en el Boletín Oficial, la Ley 14898 sancionada por la gobernadora María Eugenia Vidal establece que “será sancionada con arresto de cinco (5) a treinta (30) días o multa de entre el cincuenta (50) y el cien (100%) por ciento del haber mensual del Oficial Subayudante del Agrupamiento Comando de la Policía de la Provincia de Buenos Aires” toda persona que agreda a trabajadores de la educación.
 
De acuerdo al escalafón y a las últimas escalas salariales aprobadas por el ministerio de Seguridad bonaerense, el haber mensual de un Subayudante del Agrupamiento Comando ronda los veinte mil pesos, por lo que las multas a los agresores de docentes podrán estar entre diez mil y veinte mil pesos.
 
Al respecto, se indica que las sanciones recaerán sobre las personas que, invocando un vínculo con un alumno, dentro del establecimiento educativo de gestión pública o privada al que éste concurre, o en las inmediaciones del mismo, realice cualquiera de las siguientes acciones:
 
a) Hostigue, maltratare, menosprecie o perturbe emocional e intelectualmente a un trabajador de la educación, sea docente o no.
 
b) Insulte a un trabajador de la educación, sea docente o no, o provoque escándalo.
 
c) Ejerza actos de violencia física contra un trabajador de la educación, sea docente o no.
 
d) Arroje contra un trabajador de la educación, sea docente o no, o contra un bien de utilidad educativa, elementos de cualquier naturaleza.
 
e) Ingrese sin autorización a un establecimiento educativo y no se retire a requerimiento del personal docente o no docente.
 
f) Perturbe de cualquier manera el ejercicio de la función educativa.
 
“La sanción se duplicará si las acciones descriptas en el presente se cometan frente a alumnos”, agrega la normativa sancionada por Vidal y que fuera aprobada en la Legislatura bonaerense en la última sesión de 2016.