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Está disponible la segunda convocatoria de "Festivales Argentinos"

Está disponible la segunda convocatoria de "Festivales Argentinos"

Está destinada a la realización de fiestas y celebraciones culturales en el país. Los interesados podrán inscribirse hasta el 18 de septiembre.

cultura

Foto ilustrativa

La Dirección de Cultura local recordó que continúa disponible la segunda convocatoria de festivales argentinos, propuesta que brinda apoyo económico para la realización de los mismos.

 

¿Qué es?

Una convocatoria que brinda apoyo económico para la realización de fiestas, festivales y eventos culturales en todas las provincias y municipios del país, programadas entre el 1 de noviembre de 2021 y el 28 de febrero de 2022, con público presencial o no presencial. Debido al contexto sanitario actual, sólo podrán postularse aquellas celebraciones que, en la fecha prevista para su realización, cuenten con un protocolo sanitario vigente aprobado por las autoridades provinciales y/o nacionales según corresponda.

El Programa “Festivales Argentinos” es una iniciativa de la Dirección de Acción Federal, dependiente de la Secretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura de la Nación, y constituye una política pública para todo el territorio nacional destinada a fomentar la organización de celebraciones culturales de carácter popular, con el objetivo de potenciar las capacidades de gestión local, el desarrollo de las economías regionales y el turismo cultural. 

Nuestros festivales son expresiones fundamentales para el ejercicio efectivo de los derechos culturales, ya que facilitan el acceso y el disfrute de los bienes simbólicos al público; y promueven la creación, circulación y distribución de producciones de las diversas disciplinas, géneros y estilos artísticos que existen en todo el país.

¿A quienes está dirigida?

La convocatoria está dirigida a organismos públicos (provinciales o municipales) y a personas jurídicas sin fines de lucro (asociaciones civiles, fundaciones, mutuales, cooperativas, clubes, etc.) que en el marco de su objeto social contemplen la realización de este tipo de celebraciones. Las personas jurídicas deberán estar constituidas en el país y desarrollar su actividad con sede permanente dentro del territorio nacional. 

Se valorarán especialmente aquellas fiestas que impulsen expresiones culturales emergentes, que contribuyan a la circulación federal de públicos y contenidos, y que trasciendan el momento escénico, promoviendo la construcción de ciudadanía cultural mediante la participación comunitaria (clínicas, talleres, conversatorios, ferias, etc.).

Categorías:

- Categoría A: Con público presencial. Son celebraciones, que en su última edición con público presencial previa a la convocatoria, hayan tenido una concurrencia entre DIEZ MIL (10.000) y CINCUENTA MIL (50.000) asistentes. Tope de financiamiento: PESOS SETECIENTOS CINCUENTA MIL  ($750.000.-).

- Categoría B: Con público presencial. Son celebraciones, que en su última edición con público presencial previa a la convocatoria, hayan tenido una concurrencia entre CINCO MIL (5.000) y DIEZ MIL (10.000) asistentes. Tope de financiamiento: PESOS QUINIENTOS TREINTA MIL ($530.000.-).

- Categoría C: Con público presencial. Son celebraciones, que en su última edición con público presencial previa a la convocatoria, hayan tenido una concurrencia entre MIL (1.000) y CINCO MIL (5.000) asistentes. Tope de financiamiento: PESOS TRESCIENTOS SESENTA MIL ($360.000.-).

- Categoría D: Con público presencial. Son celebraciones, que en su última edición con público presencial previa a la convocatoria, hayan tenido una concurrencia inferior a MIL (1.000) asistentes. Tope de financiamiento: PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL ($240.000.-).

- Categoría E (categoría única): Celebraciones que se realizan físicamente en la localidad, con la presencia de artistas en vivo, concebidas para su transmisión a través de streaming gratuito y/o mediante canales de televisión abierta. No será admitida la postulación de celebraciones cuya transmisión se efectúe exclusivamente por intermedio de cable operadores u otros servicios arancelados de televisión, y/o con venta de tickets o entradas para presenciar el streaming, como única forma posible de acceso.Tope de financiamiento: PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL ($240.000.-)

Las celebraciones seleccionadas recibirán el apoyo económico solicitado en el presupuesto, de acuerdo a la categoría que corresponda, y respetando los topes de financiamiento y los límites porcentuales establecidos en el Reglamento.

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