La Anses habilitó la consulta online para el programa ATP
Quienes estén interesados en el programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) podrán ingresar a la web del organismo y seguir los pasos necesarios en el sistema.
- 08.05.2020
- Gobierno Municipal
![anses](https://www.madariaga.gob.ar/fotos/madariaga/noticias/anses34.jpg)
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La ANSES, en un comunicado, informó que en la web del organismo (www.anses.gob.ar) los interesados en el programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) pueden ingresar a la opción de consultas desde la sección “Accesos Rápidos”.
Allí, deberán ingresar su número de CUIL y el sistema les confirmará si fue aprobado el pago y figurará la fecha de acreditación.
“El Programa fue creado por el Estado Nacional para dar alivio económico inmediato a aquellas empresas y trabajadores afectados directamente por la caída de la actividad económica debido a la emergencia sanitaria”, puntualizaron desde el organismo.
Entre otros beneficios, el Programa contempla la posibilidad de:
-Postergar el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino, instruyendo a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS a disponer vencimientos especiales para las obligaciones devengadas durante los meses de marzo y abril del 2020, así como facilidades para el pago de las mismas, y
-Reducir en hasta 95% el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino devengadas durante el mes de abril de 2020, pudiendo prorrogarse.
-Salario Complementario abonado por el Estado Nacional para los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia del sector privado.
-Crédito a Tasa Cero para personas adheridas al Monotributo y para trabajadoras y trabajadores autónomos en las condiciones que establezcan la Jefatura de Gabinete de Ministros y el Banco Central de la República Argentina con subsidio del 100% del costo financiero total.
-Sistema integral de prestaciones por desempleo: los trabajadores y las trabajadoras que reúnan los requisitos previstos en las Leyes Nros. 24.013 y 25.371 accederán a una prestación económica por desempleo.
Para acceder al beneficio, las empresas deberán acreditar:
-Que su actividad económica es una de las más afectadas por la emergencia sanitaria, y
-Que después del 12 de marzo de 2020 registraron una reducción sustancial en su nivel de ventas.
-Asimismo, las empresas deberán comprometerse a no disminuir su planta de trabajadores registrados al 29 de febrero de 2020.
Para acceder a los beneficios los empleadores deberán registrarse en el servicio “web” denominado “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción - ATP” de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).