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Algunos detalles del nuevo decreto municipal a tener en cuenta

Algunos detalles del nuevo decreto municipal a tener en cuenta

La extensión del horario comercial hasta las 17 regirá a partir de hoy al igual que las salidas de esparcimiento pero hay medidas preventivas que deben ser tenidas en cuenta y están establecidas en el escrito. Informate de los alcances en esta nota.

salidas

En la jornada de ayer se reunió nuevamente el comité de crisis y se establecieron nuevas medidas de flexibilización de la cuarentena pero con algunas especificaciones que deben ser consideradas por la comunidad por lo que en esta nota te comentamos los detalles del decreto Nº 676/20.

 

En primer lugar y a fin de mitigar el impacto económico de la pandemia generada por el COVID-19, se estableció que el horario comercial se extienda hasta las 17 pero con las medidas sanitarias establecidas.

 

Además se determinó que el delivery nocturno de comida elaborada siga siendo de 20 a 23.30 horas.

 

La sirena de los Bomberos sonará a las 17 para advertir la prohibición de circulación permitida, disponiendo una tolerancia de 30 minutos para aquellas personas que se encuentren en el local comercial, estudio, consultorio, vía pública, etc, al momento del vencimiento del horario.

 

Respecto a las salidas de esparcimiento se decretó que a partir de hoy sean de 14 horas a 17 horas de lunes a lunes, sin restricción de distancia, con uso de tapaboca, nariz y mentón o barbijo casero, guardando en todo momento un distanciamiento físico entre personas no menor a dos metros salvo en el caso de niños acompañados por adultos.

 

Es importante destacar que en ningún caso se puede realizar aglomeraciones o reuniones cumpliendo las instrucciones generales de la autoridad sanitaria.

 

Tampoco se permitirán las salidas recreativas o de esparcimiento en el Polideportivo Municipal, Parque Bicentenario, parques, plazas o similares.

 

En cuanto al ingreso a la ciudad se determinó que podrán hacerlo por el único acceso habilitado de Pellegrini y 16 las siguientes personas:

Toda persona que tenga en su poder los permisos de circulación habilitados por los gobiernos provincial y Nacional con destino General Juan Madariaga.

Toda persona que cuente con turno médico otorgado previamente, obrando los mismos víaWhatsApp o vía mail impreso de personas con domicilios en General Lavalle, Partido de la Costa, Pinamar y Villa Gesell.

Permisos interjurisdiccionales (General Lavalle, Partido de la Costa, Pinamar y  Villa Gesell) otorgados por las Secretarias de Seguridad y/o Producción y/u Obras y Servicios Públicos de cada distrito, por ejemplo: gremios, oficios, parqueros.

 

El su artículo 4º se especifica que la actividad comercial  con atención al público y actividades profesionales con colegiaciones profesionales deberá respetar las siguientes categorías de ingreso:

Primera categoría: Hasta 25 metros cuadrados solo se podrá ingresar de a una persona .-

Segunda categoría: Hasta 50 metros cuadrados solo se podrá ingresar hasta (3) tres personas a la vez.-

Tercera categoría: En locales de más de 50 metros cuadrados podrá ingresar hasta (5) personas a las vez. -

 

A continuación se adjunta el decreto completo:

 


 
 
 
 



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