A partir de la próxima semana comenzarán los pagos del Ingreso Familiar de Emergencia

El pago de los 10.000 pesos se regirá por la finalización de los DNI y se extenderá hasta el 5 de mayo inclusive.

14.04.2020

 

La ANSES informó que los beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) que están comunicando desde su número de Clave Bancaria Uniforme (CBU), comenzarán a cobrar los 10.000 pesos a partir del próximo 21 de abril y hasta el 5 de mayo inclusive.

 

 

Cabe destacar que las acreditaciones se realizarán todos los días hábiles del período indicado en los CBU aportados por los titulares del beneficio extraordinario creado por el Gobierno nacional.

 

 

El orden de acreditaciones se hará por número de DNI: el 21 cobrarán los terminados en 0; el 22, los terminados en 1; el 23, los terminados en 2; el 24, los 3; el 27, los terminados en 4; el 28, los 5; el 29, los 6 y el 30, los finalizados en 7.

 

 

Tras el fin de semana largo del viernes 1 de mayo, las acreditaciones en las cuentas se retomarán el 4 de mayo, fecha en la que cobrarán los titulares con DNI terminados en 8 y, finalmente, el 5 de mayo los que terminen en 9.

 

En el caso de aquellas personas que prefieran cobrar por otros medios de pago, ANSES informó que podrán elegirlos a partir del jueves 16 entrando también en la página Web y siguiendo una serie de instrucciones que se darán a conocer esta semana.

 

Cabe aclarar que quienes no puedan llegar a inscribirse con CBU en la primera fase de inscripciones del 11 al 15 de abril, podrán hacerlo igualmente en la fase de inscripción para los beneficiarios no bancarizados.

 

Además, se informa que la ANSES dará a conocer en los próximos días el cronograma de pagos del IFE con todas las fechas y opciones de cobro.

 

Por otra parte, y terminado el pago del IFE a los solicitantes ya aprobados, la ANSES abrirá una instancia para volver a considerar aquellos casos que no fueron aprobados por haberse producido cambios no informados al organismo en la situación laboral o familiar de esas personas o, también, por falta de datos.

 

La ANSES recuerda que los solicitantes están en condiciones de acceder a este beneficio siempre que él o algún miembro de su grupo familiar no perciban ingresos provenientes:

 

a) de un trabajo en relación de dependencia público o privado;

b) de ser monotributista de categoría “C” o superior o del régimen de autónomos;

c) de una prestación de desempleo;

d) de jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

e) de planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los de la AUH o Embarazo.