madariaga.gob.ar
Ampliaron el listado de actividades y servicios considerados esenciales

Ampliaron el listado de actividades y servicios considerados esenciales

Así lo dispuso el gobierno nacional y se publicó hoy en el Boletín Oficial. El Ejecutivo municipal informó que ya trabaja en la redacción de un decreto a nivel local para adecuarse a dicha extensión.

ampliacion

El Gobierno amplió el listado de actividades y servicios considerados esenciales, como las que se encuentran vinculadas a la construcción, minería, fabricación de maquinaria agrícola, comercio exterior, mutuales y cooperativas de crédito, entre otras. A partir de hoy, las personas que estén abarcadas por este anuncio podrán tramitar el certificado único para circular y reanudar la producción.

 

A través de la Decisión Administrativa 450/2020, publicada este viernes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo oficializó la decisión de ampliar el listado de actividades y servicios declarados esenciales en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio prorrogado hasta el próximo 12 de abril inclusive.

 

A nivel local las autoridades explicaron que trabajan en la confección de un decreto en donde quedará explicitado su adecuación, el cual se dará a conocer en las próximas horas.

 

Las nuevas actividades exceptuadas de la cuarentena y por ende habilitadas para volver a funcionar:

 

- venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones

 

 

- actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera

 

- curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola

 

- actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía

 

- exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear

 

- servicios esenciales de mantenimiento y fumigación

 

- mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos

 

- inscripción, identificación y documentación de personas

 

“Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales”, aclaró el Gobierno quien remarcó que “en todos estos casos, los empleadores y empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores”.