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El municipio adhirió al decreto de Necesidad y Urgencia de aislamiento social, preventivo y obligatorio dictado por el Estado Nacional

El municipio adhirió al decreto de Necesidad y Urgencia de aislamiento social, preventivo y obligatorio dictado por el Estado Nacional

Regirá desde hoy y hasta el 31 de marzo inclusive, pudiéndose prorrogar este plazo por el tiempo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica. Informate del alcance, en esta nota.

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El intendente, Carlos Esteban Santoro y parte del Ejecutivo redactó un nuevo decreto (Nº 560/2020) en donde se especifica cómo será la implementación, a nivel local, de la cuarentena preventiva y obligatoria que anunció el presidente, Alberto Fernández para minimizar la expansión del virus, a fin de evitar la mayor cantidad de casos y muertes que sea posible.

 

En este sentido el municipio especifica que adhiere “en todos sus términos al Decreto de Necesidad y Urgencia 297/2020 de aislamiento social, preventivo y obligatorio dictado por el Estado nacional”.

 

Y establece para todas las personas que habitan en el Partido de General Madariaga o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” que regirá desde hoy y hasta el 31 de marzo inclusive, pudiéndose prorrogar este plazo por el tiempo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica.

 

Esto implica que las personas deberán permanecer en sus residencias habituales o en la residencia en que se encuentren a las 00:00 horas del día 20 de marzo de 2020, momento de inicio de la medida dispuesta. Deberán abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo y no podrán desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, todo ello con el fin de prevenir la circulación y el contagio del virus COVID-19 y la consiguiente afectación a la salud pública y los demás derechos subjetivos derivados, tales como la vida y la integridad física de las personas.

 

Asimismo se especifica que “solo podrán realizar desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos”.

 

Para controlar que la medida se cumpla, la Secretaría de Seguridad realizará controles permanentes en calles, caminos, accesos, espacios públicos, y demás lugares estratégicos.

 

Por otro lado se aclara en el Decreto Municipal exceptúa de estas medidas a los empleados municipales efectivamente convocados y afectados a las actividades y servicios esenciales tales como los brindados por la Secretaria de Salud (Hospital Municipal, Hogar de Ancianos, Bromatología y Zoonosis), Secretaría de Desarrollo Social, Secretaría de Seguridad (Transito, COM, Patrullas) Secretaría de Mantenimiento y Servicios Generales (Defensa Civil, Espacios Públicos, Cementerio) Secretaría de Hacienda, Secretaría de Producción, Secretaría de Gobierno (Inspección General y Frente de Ruta), Secretaria Legal, Técnica y Administrativa y Secretaria de Obras y Servicios Públicos.

 

Asimismo se aclara que “los desplazamientos de dicho personal deberán limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios”.

 

De esta manera se garantizará, con guardias mínimas la operatividad de todas las Secretarías y reparticiones ya mencionadas. En este sentido se aclara que cada área deberá disponer de su organización para llevar delante de manera eficiente sus trabajos y por ello dispondrá de personal mínimo necesario, los que quedaran exceptuando del aislamiento preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular al personal que cumpla con su servicio.

 

Por último se declaró que la totalidad de los funcionarios políticos se encontrarán en permanente y entera disposición de las tareas que sean necesarias mientras duren los alcances del mencionado decreto, quienes podrán a su vez convocar al personal para alguna tarea específica.

 

A continuación se adjunta el decreto: