Exhibición de precios
La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) comunica que es obligatorio que estén exhibidos los precios tanto de productos como de servicios en el momento previo a la compra o contratación, en todos los comercios, según lo establece la resolución 434 de la ex Secretaría de Comercio e Inversiones. En el caso de las vidrieras, todos los productos deben tener precio a la vista salvo que se dediquen exclusivamente a la venta mayorista, o se trate de joyas u obras de arte.
Los precios deben ser exhibidos o publicados, por unidad, en forma clara, visible, legible y horizontal, siempre en pesos argentinos y debe ser el de contado con dinero en efectivo correspondiente al total que el usuario deberá abonar. En las góndolas los precios deben estar exhibidos por kilo/litro, y por peso neto. Los productos rebajados deben presentar el precio anterior y el actual en letra clara. Debe respetarse este valor al momento del cobro, y las diferencias de centavos siempre se redondean a favor del consumidor.
Debido a las frecuentes consultas realizadas, respecto a este tema, se intima a todos los comercios de la localidad a cumplir con estas disposiciones bajo el apercibimiento de sanciones previstas por la ley 24.240.