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Vender alcohol a menores tendrá multas que irán desde los 50 mil y hasta los 500 mil pesos

Vender alcohol a menores tendrá multas que irán desde los 50 mil y hasta los 500 mil pesos

A partir de este mes, vulnerar las restricciones será 10 veces más caro en la Provincia de Buenos Aires.

venta de alcohol

La ley (11.748) que regula las restricciones en la venta de alcohol en Buenos Aires fue reformada y a partir de este mes aumentarán las multas y las penas para los dueños de locales que no cumplan las prohibiciones.
 
Los productos no pueden ser vendidos a menores de 18 en ningún caso y para quienes si pueden realizar la compra, lo deben hacer entre las 10 de la mañana y las 21 horas.
 
Hasta el momento, quienes incumplían con las normas podían ser multados entre 5 mil y 50 pero con la reforma, las multas serán de 5 a 50 salarios (mínimos vital y móvil); es decir casi 50 mil a 500 mil pesos.
 
También se establece que los comerciantes podrán ser sancionados con arresto de 30 a 90 días y la clausura del local de 30 a 180 días.

La Ley 11.748 prohíbe en todo el territorio provincial la venta, expendio o suministro a menores de bebidas alcohólicas de cualquier tipo y graduación, en cualquier hora del día, aún cuando el consumo se realice fuera del local. Y veda la instalación de máquinas expendedoras de bebidas de cualquier tipo o graduación en ámbitos a los que los menores tengan acceso irrestricto. El consumo, además, está prohibido en cualquier local, comercio o establecimiento, aún cuando no las vendan.

Para poder comercializar, en restaurantes, bares, confiterías, es obligatorio inscribirse en un registro (el REBA) que otorga licencias anuales. Ese carnet a nivel local se tramita en la Dirección de Inspección ubicada en Hipólito Yrigoyen 347.